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01/12/2020

Los derechos de las personas con VIH

Confidencialidad, dignidad y no discriminación, atención integral de la salud.

El 1° de Diciembre es el Día Mundial de la Lucha contra el VIH / SIDA. Desde IOSFA nos parece importante recordar los derechos fundamentales de las personas con VIH, que se encuentran amparados tanto por las leyes nacionales, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

No respetarlos puede ocasionar problemas a nivel personal, laboral y social (incluyendo el rechazo, la discriminación y la humillación) de las personas afectadas.

Entre los derechos que debemos tener en cuenta, se encuentran los siguientes:

  • Confidencialidad: La persona con VIH no está obligada a comunicar esta situación a otras personas. Los profesionales de la salud y cualquier persona que sepa que otra persona está infectada con el VIH o enferma de sida no puede ni debe re-velarlo; sólo en ciertos casos se puede hacer, que están detallados en la ley, o si lo autoriza la persona afectada.
  • Dignidad y no discriminación: no ser marginado, rechazado ni humillado sino que debe ser tratado de manera digna y respetuosa, en relación a su intimidad, condiciones socioculturales, pudor, género, etc.
  • Acceder a la atención integral de la salud: la interconsulta médica (recibir información por escrito de una segunda opinión), la asistencia por profesionales de la salud, la información clara y sencilla sobre su estado de salud. También, las propuestas de tratamiento y de los riesgos que pueden producirse.

Dentro de este punto es de vital importancia informar sobre la percepción de los propios riesgos y la promoción de conductas saludables.

Cabe resaltar la importancia de la consejería pre y post test de VIH (con consentimiento informado) para que la persona elija libremente si se realiza el test de VIH (y en qué momento hacerlo).

Para finalizar este ítem la prevención, a través de la educación para prevenir la transmisión del VIH, el uso correcto del preservativo y las políticas de comunicación claras al respecto.

  • Decidir sobre terapias o procedimientos: aceptando o no lo indicado.
  • Respecto de las obras sociales y medicina prepaga: deben cubrir los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos de las personas infectadas o con sida y las enfermedades que puedan padecer a causa de la deficiencia inmunológica. También la detección temprana de la infección, para el tratamiento oportuno y eventual rehabilitación si fuera necesario.
  • Por otra parte, en el caso que la mujer se encuentre transcurriendo un embarazo: es obligatorio para todo establecimiento médico, ofrecer el test diagnóstico del VIH a toda mujer embarazada como parte del cuidado prenatal habitual, y a su pareja, siempre requiriendo su consentimiento.

Cabe resaltar la importancia de conocer los derechos, en especial, para que las personas que padecen HIV/ SIDA sean respetados.

En la redacción de esta nota participaron el Dr. Jorge O. Pueyo y la Dra. Gabriela Ruiz pertenecientes a la Subgerencia de Prestaciones Sanitarias de IOSFA.

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